lunes, 29 de octubre de 2018
SEMANA 37 ENTIDADES ASEGURADORAS
Las entidades aseguradoras pueden ser de varios tipos en función de su constitución jurídica: sociedades anónimas, mutuas, cooperativas y mutualidades de previsión social. Estas formas sociales son las legalmente reconocidas en España para ejercer la actividad aseguradora. Sin embargo, todas ellas comparten las características esenciales para comercializar seguros.
Las entidades de seguros pueden operar en uno o en múltiples ramos (accidentes, automóvil, incendios, responsabilidad civil, etc.), pero siempre con la autorización necesaria del organismo regulador.
La clasificación por ramos es fundamental para ordenar los riesgos, separándolos en grupos con caracteres comunes para que su tratamiento y valoración sea la adecuada. Para alcanzar una mayor precisión, los ramos suelen subdividirse en modalidades que agrupan riesgos afines.
El Estado, para asegurar el correcto funcionamiento de la actividad, regula otras características de las empresas de seguros como son: su dimensión económica, la exclusividad de su actividad, sus garantías financieras y solvencia, la formación especializada de las personas del sector, etc.; al mismo tiempo, también controla, vigila y fiscaliza especialmente el funcionamiento de las empresas aseguradoras.
SEMANA 37 PARTIDO POLITICO MIRA
MIRA se constituye como una institución política de carácter
nacional, y con proyección internacional, conforme a lo dispuesto en la
Constitución Política de Colombia y en las leyes 130 de 1994 y 974 de
2005.
Su propósito es participar en la vida democrática del país, difundiendo y promoviendo la defensa de la dignidad humana y el mejoramiento de la calidad de todos, la prevalencia del interés general, mediante un proceso deliberativo, el cual es el fundamento primordial del ideal democrático y el fortalecimiento del orden constitucional y legal; en definitiva el objetivo de MIRA es difundir el Miraísmo.
Su propósito es participar en la vida democrática del país, difundiendo y promoviendo la defensa de la dignidad humana y el mejoramiento de la calidad de todos, la prevalencia del interés general, mediante un proceso deliberativo, el cual es el fundamento primordial del ideal democrático y el fortalecimiento del orden constitucional y legal; en definitiva el objetivo de MIRA es difundir el Miraísmo.
En desarrollo de los
principios que lo inspiran, el Movimiento procura influir en la
formación de la voluntad política de los ciudadanos y participará,
cuando lo considere conveniente o cuando dicha participación sea
obligatoria, en los procesos electorales.
Además de las
realizaciones políticas y su constante difusión, y como soporte de
ellas, MIRA desplegará una amplia y continua labor social encaminada a
incrementar los niveles de calidad de vida y de la realización del
concepto de dignidad humana, por lo cual su labor se caracteriza por la
búsqueda constante de la paz, la democracia, la justicia, la equidad, el
conocimiento y el trabajo para todos los colombianos y colombianas.
Misión
Los
Miraístas contribuimos a que los ciudadanos y ciudadanas, residentes en
el país y en el exterior, eleven permanentemente su calidad de vida,
asegurando la dignidad humana. Para ello, MIRA realiza trabajo social
continuo; promueve y canaliza la participación de los ciudadanos en las
decisiones democráticas de la Nación; y accede al poder público,
ejerciéndolo con coherencia ideológica, fundamentados en los principios y
valores del Miraísmo.
Visión
En 2020, el
Miraísmo se habrá posicionado como una forma diferente y correcta de
vivir y actuar, que se manifiesta en el ejercicio honesto y efectivo del
poder público con amplia participación en todos los espacios
comunitarios y de representación, así como en una labor social continua,
incluyente y de amplio reconocimiento.
SEMANA # 37 FILOSOFÍA
1. EXPLICACIÓN Y COPIA DE LA ACTIVIDAD
Problemática estética
A medida que se descubrió la interna riqueza de la experiencia e., que moviliza y tensa el ser integral del hombre, el anclaje de la misma en la intuición sensorial dio lugar a una grave y amplia problemática al ponerse de manifiesto' la diversidad de planos entitativos que se dan en la actividad y en el objeto estéticos. En éste deben distinguirse y armonizarse debidamente el plano sensible y el inteligible (el superficial-expresivo y el profundo-expresante), la figura y el tema o argumento, la forma y la materia, etc. La experiencia e., por su parte, debe moverse en diferentes niveles: metasensibles y sensibles, teóricos y prácticos (en sentido de configuradores), formales y materiales, comprometidos y desinteresados, sentimentales e intuitivos, creadores y receptivos, etc.
Por falta de un riguroso análisis de los conceptos fundamentales que deciden la reflexión filosófica, al hacer crisis, en la Edad Moderna, la confianza en el rigor objetivo de la percepción sensible, el conocimiento sensorial (v. SENSACIÓN) cobró un peligroso matiz subjetivista que contribuyó a escindir insalvablemente lo interior y lo exterior, lo subjetivo y lo objetivo, lo formal, como puesto por el sujeto, y lo material, en cuanto receptivo de la forma. De ahí la carrera de escisiones que desgarraron paulatinamente el pensamiento moderno, incapaz de captar la profunda vinculación entre el sentir sensible, los sentidos sensoriales, el sentimiento (en sus diversas modalidades) y el sentido inteligible, unidad de amplio aliento que revela la condición que ostenta lo sensible humano (como específicamente distinto a lo sensible animal) de ventana abierta a lo rnetasensible y vehículo expresivo nato del mismo.
viernes, 26 de octubre de 2018
martes, 23 de octubre de 2018
SEMANA #36. EDUCACIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL
EMPRENDIMIENTO
Objetivo: Revisar producción para la exposición, próxima semana.
Se destaca la producción realizada por Camila Sajonero del grado 10º2, por la calidad técnica en la elaboración de su producto.
lunes, 22 de octubre de 2018
SEMANA 36 LAS COOPERATIVAS FINANCIERAS
¿Conoces las cooperativas financieras?, ¿Sabes que servicios ofrecen?
En este post te explicamos acerca de estas entidades financieras que te ofrecen
diferentes servicios, y representan una alternativa adicional a los servicios
ofrecidos por los bancos habituales.
Cooperativa Financiera: ¿Qué es? De acuerdo con la ley 454 de 1998, se define a
la Cooperativa Financiera de la siguiente manera: Son organismos
especializados, que se organizan bajo la forma de cooperativas, y que tienen
como función principal llevar a cabo actividades financieras a través de
operaciones activas de crédito, tienen naturaleza jurídica y se encuentran bajo
el control, inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria. Las cooperativas
financieras se encuentran obligadas frente a la Superintendencia Bancaria
a:
- Demostrar ante dicha Superintendencia una experiencia que no puede ser inferior a (3) años ejerciendo la actividad financiera con asociados como cooperativa de ahorro y crédito o multiactiva o integral con sección de ahorro y crédito, ajustándose a las disposiciones legales y estatutarias.
- Garantizar que se cuenta con el monto de aportes sociales mínimos que se exige para un tipo de entidad como esta.
Cooperativa Financiera: Funciones
De acuerdo a lo establecido en el Estatuto Orgánico
del Sistema Financiero, se define que las funciones que puede llevar a cabo una
Cooperativa Financiera son las siguientes:
- Captar ahorro a través de depósitos a la vista o a término mediante expedición de certificados de depósito de ahorro a término (CDAT) y certificados de depósito a término (CDT).
- Captar recursos a través de ahorro contractual.
- Negociar títulos emitidos por terceros distintos de sus gerentes, directores y empleados;
- Otorgar préstamos y, en general, celebrar operaciones activas de crédito.
- Celebrar contratos de apertura de crédito.
- Comprar y vender títulos representativos de obligaciones emitidas por entidades de derecho público de cualquier orden.
- Otorgar financiación mediante la aceptación de letras de cambio.
- Otorgar avales y garantías en términos que para el efecto autoricen la junta directiva del banco de la república o el gobierno nacional, cada uno según sus facultades.
- Efectuar operaciones de compra y venta de cartera o factoring sobre toda clase de títulos;
- Abrir cartas de crédito sobre el interior en moneda legal.
- Intermediar recursos de redescuento.
- Realizar operaciones de compra y venta de divisas y demás operaciones de cambio, dentro de las condiciones y regulaciones que al efecto expida la junta directiva del banco de la república.
- Emitir bonos.
- Prestar servicios de asistencia técnica, educación, capacitación y solidaridad que en desarrollo de las actividades previstas en los estatutos o por disposición de la ley cooperativa pueden desarrollar, directamente o mediante convenios con otras entidades.
- Celebrar convenios dentro de las disposiciones legales para la prestación de otros servicios, especialmente aquellos celebrados con los establecimientos bancarios para el uso de cuentas corrientes.
Ronal
Stevens 12/10/2017 0 comentarios
SEMANA # 36 FILOSOFÍA
ESTÉTICA FILOSOFIA |
Delimitación del concepto. Estética, en el aspecto filosófico, es la disciplina que trata de lo bello (entendido en el sentido amplio que abarca lo artístico, las diferentes categorías estéticas -sublime, gracioso, lindo, ridículo, trágico, etc.-, lo bello natural, moral y cultural) y los diferentes modos de aprehensión y creación de las realidades bellas. Si se entiende por estético aquello que despierta en el hombre una sensación peculiar de agrado, potenciación expresiva y distensión adherente hacia el entorno, puede definirse la e. como la ciencia de lo estéticamente relevante, a fin de evitar el riesgo de entender lo bello de modo en exceso restringido. Los términos bello y estético no hacen aquí sino remitir a un campo de realidades que la e. debe cuidadosamente precisar. No constituye, por tanto, un círculo vicioso el uso del calificativo estético en la definición de la e., pues en principio tal vocablo no se utiliza en un sentido técnico riguroso, sino en cuanto que alude, de modo elemental y primario, a un determinado género de objetos y experiencias. Este uso general e indeterminado de los términos bello y estético permite desbordar radicalmente la precariedad de las definiciones que restringen con exceso el objeto de la e., reduciéndola a filosofía del arte, filosofía del sentimiento, teoría del gusto, teoría de la expresión y del lenguaje, ciencia de los objetos que agradan a su sola aprehensión, etc. Estas determinaciones subrayan diversas vertientes de la actividad e. que deben ser ágilmente integradas en una visión de conjunto. Visto a la luz de su etimología (de aistanomai, sentir) y del uso que se hizo históricamente del mismo, el término e. no intenta sino destacar uno de los momentos constitutivos de la experiencia humana de lo bello, a saber, el papel ineludible, aunque no exclusivo, que juega en ella la intuición sensible. Es muy expresivo que haya predominado el término e., utilizado por A. G. Baumgarte en el precario sentido de cognitio sensitiva o gnoseología inferior, y no la denominación de Kalologia y Hedonica, propuestas, respectivamente, por Hegel y Fechner. Kant vincula el sentido de e., como análisis de la capacidad intuitiva sensible o ciencia de lo aprehensible de modo puramente intuitivo (cfr. el capítulo sobre Estética trascendental en la Crítica de la Razón pura), con el de la misma en cuanto análisis de lo bello y lo sublime en la Naturaleza y el Arte o ciencia de aquello que, sobre la base de la mera intuición, sin mediación del conocimiento conceptual, agrada o desagrada inmediatamente (cfr. Crítica del juicio). Más tarde, al hilo de la historia se fue destacando el carácter sentimental, contemplativo, intuitivo (en un sentido más amplio y de mayor alcance que la mera intuición sensorial) y rigurosamente creador de la experiencia estética, pero la atenencia de ésta a la intuición sensible permanecerá hasta el día de hoy como una de sus características originarias e inmóviles. |
viernes, 19 de octubre de 2018
miércoles, 17 de octubre de 2018
SEMANA #35. EDUCACIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL
Emprendimiento
Objetivo: revisión de producción realizada a la fecha.
Objetivo: revisión de producción realizada a la fecha.
martes, 16 de octubre de 2018
SEMANA 35 EL BANCO DE LA REPÚBLICA
BANCO DE LA REPÚBLICA
Qué hacemos
El Banco de la República es un órgano del Estado de
naturaleza única, con autonomía administrativa, patrimonial y técnica, que
ejerce las funciones de banca central. Según la Constitución, el principal
objetivo de la política monetaria es preservar la capacidad adquisitiva de la
moneda, en coordinación con la política económica general, entendida como aquella
que propende por estabilizar el producto y el empleo en sus niveles sostenibles
de largo plazo. En ejercicio de esta función adopta las medidas de
política que considere necesarias para regular la liquidez de la economía y
facilitar el normal funcionamiento del sistema de pagos, velando por la
estabilidad del valor de la moneda.
Las
funciones especiales asignadas al Banco comprenden la de regular la moneda, los
cambios internacionales y el crédito, emitir la moneda legal colombiana,
administrar las reservas internacionales, ser prestamista y banquero de los
establecimientos de crédito y servir como agente fiscal del Gobierno. Como
parte de sus funciones, el Banco también contribuye a la generación de
conocimiento y a la actividad cultural del país.
1. Autoridad monetaria, cambiaria y crediticia
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De
acuerdo con la Constitución Política y la Ley 31 de 1992, la Junta Directiva
del Banco de la República es autoridad monetaria, cambiaria y crediticia. En
desarrollo de esta competencia, le corresponde estudiar y adoptar las medidas
monetarias,... [ + ] información
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La
política monetaria en Colombia se rige por un esquema de Inflación Objetivo,
cuyo propósito es mantener una tasa de inflación baja y estable, y alcanzar
un crecimiento del producto acorde con la capacidad potencial de la economía.
Esto signifi... [ + ] información
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La
flexibilidad cambiaria es considerada un elemento fundamental para el logro
de los objetivos del Banco de la República. Bajo este régimen la tasa de
cambio opera como una variable de ajuste ante los choques que recibe la
economía.
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La Ley
31 de 1992 constituye el marco general de referencia para el ejercicio de las
funciones atribuidas al Banco de la República como Banco Central y a la Junta
Directiva (JDBR) como autoridad crediticia.
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2. Otras funciones
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La
Constitución ha asignado al Banco de la República la función de ser
prestamista de última instancia de los establecimientos de crédito mediante
los apoyos transitorios de liquidez (ATL). Esta función, complementaria a la
provisión rutinaria de... [ + ] información
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El
Banco contribuye al buen funcionamiento de los sistemas de pago mediante la
prestación de diversos servicios a las entidades financieras, con los cuales
se promueve una liquidación segura, eficiente y oportuna de las operaciones.
Estos servicio... [ + ] información
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El
Banco de la República ejerce, en forma exclusiva e indelegable, la función
estatal de emitir la moneda legal y, en consecuencia, realiza la impresión,
acuñación, cambio y destrucción y puesta en circulación de especies
monetarias.
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El
Banco de la República administra las reservas internacionales con estrictos
criterios de seguridad, liquidez y rentabilidad. En ejercicio de esta función
el Banco busca administrar las reservas internacionales en la forma que más
beneficie el i... [ + ] información
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La
constitución y la Ley le asignan al Banco de la República varias funciones en
relación con el Gobierno. Se destacan la de servir como agente del Gobierno
en la edición, colocación, custodia y administración de papeles en el mercado
de títulos d... [ + ] información
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La Ley
31 de 1992 determinó que el Banco podía continuar cumpliendo con las
funciones culturales y científicas que venía realizando desde los primeros
años de fundado. En desarrollo de esta facultad, el Banco contribuye a la
actividad cultural del... [ + ] información
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El
Banco de la República es un centro de generación de conocimiento muy
importante para el país. Esta labor se desarrolla mediante proyectos de
investigación económica y financiera de relevancia para Colombia, la
producción y difusión de estadísti... [ + ] información
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Existen
otras atribuciones asignadas a la JDBR que se desarrollan dentro de un marco
de coordinación con las facultades de regulación financiera y del mercado de
valores asignadas al Gobierno Nacional
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