1832 Marzo 1. Promulgada Constitución de la Nueva Granada. Refuerza el poder de las provincias.
¡GRANADINOS!
Al
presentaros el libro santo que debe reglar los destinos de la patria,
van a cumplir vuestros representantes el deber sagrado de daros cuenta
de los principios que los han guiado en su formación, y de los fines
saludables que se han propuesto constantemente en todas sus
resoluciones. ¡Puedan ellos gloriarse de haber echado la semilla del
bien, así como su conciencia les dicta que no han tenido ni tienen más
estímulo que la opinión general, ni otro objeto que la libertad y la
dicha de los granadinos, y el bienestar universal de los colombianos!
Separadas
las secciones del norte y sur de la República de Colombia, era
necesario dar nueva vida a la sección del Centro, procurando al mismo
tiempo restablecer los lazos que deben unir entre sí a las diversas
partes de Colombia. Tal empresa estaba erizada de dificultades.
Acontecimientos infaustos habían suspendido las relaciones nacionales:
el despotismo o la usurpación habían arrancado en los extremos, actos
que la justicia debía también legitimar. A este fin la convención
granadina dictó la ley de 21 de noviembre último, que con razón debe
llamarse fundamental del Estado. Prolijas discusiones, en que se examinó
la cuestión bajo todos sus aspectos, en que no se omitió ninguna de
aquellas circunstancias que debieran traerse a la vista, precedieron a
la declaratoria de la existencia política del Estado de la Nueva Granada
en Colombia. Vuestros representantes os protestan, que si la mayor
imparcialidad y buena fe, si el deseo de acertar y el más puro
patriotismo son prendas seguras del acierto, vosotros tenéis motivos de
esperar que la ley fundamental no puede menos de ser la más conveniente
para vuestro bien. (...)
Título I. Del Estado de la Nueva Granada y de los granadinosTítulo II. De los ciudadanos de la Nueva Granada
Título III. Del Gobierno de la Nueva Granada
Título IV. De las elecciones
Título V. Del Poder Legislativo
Título VI. Del Poder Ejecutivo
Título VII. Del Poder Judicial
Título IX. De la fuerza armada
Título X. Disposiciones generales
Título XI. Del juramento de los empleados
Título XII. De la interpretación o reforma de esta Constitución, y de la observación de las Leyes
Disposiciones transitorias
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